Cheques bancarios y cheques conformados
Existen diferentes tipos de cheques: conformado, cruzado o barrado, personal o bancario...
Si bien todos tienen algunas características comunes, el manual de Comercio Internacional del profesor D. José Luis Jerez Riesco se dedica únicamente a los dos últimos que hemos citado, quizá los más habituales de todos ellos.
Decir que el cheque es un documento de pago a la vista significa que se puede cobrar una vez emitido y recibido, o sea: sin atender a la fecha de vencimiento. La fecha de vencimiento es la que se hace constar en el cheque de forma orientativa para indicar cuándo debería pasar a cobrarlo el beneficiario, pero no implica en ningún caso obligación por parte del acreedor (quien va a cobrar el cheque) de esperar a dicha fecha: una vez entregado puede cobrarlo.
Los cheques expiran a los 6 meses de su emisión, si bien según la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque, que es a la que se somete este medio de pago, se reconoce que es posible anularlos, y determina los siguientes periodos de presentación del cheque en la oficina bancaria para poder cobrarlo:
Al igual que ocurre con el medio de pago mediante efectivo el pago con cheque puede significar para el vendedor (exportador) adelantar o no su obligación en la operación de compra/venta, dependiendo de si el deudor (importador) emite el cheque antes o después de la entrega de la mercancía, o simultáneamente.
Por tanto, usando el cheque como medio de pago no solo existe el riesgo de que el deudor no disponga de fondos en su cuenta (en muchos países no se aceptan los cheques personales), sino que también está la cuestión del cambio de divisas, la pérdida del documento o su manipulación, y el tiempo de gestión, que dependerá de los países implicados en la operación.
El cheque bancario está emitido por una entidad bancaria, y el librador y librado son la misma persona: el banco, ante quien el ordenante extiende el documento a favor del beneficiario.
Junto al cheque bancario, el cheque conformado es el que más garantías ofrece, porque mientras en el primero el banco librador (y librado) extiende el documento con cargo a una cuenta de la propia entidad, en el segundo caso, el banco retiene la cantidad en la cuenta del ordenante hasta que el beneficiario hace efectivo el cobro.
La emisión y el cobro de un cheque genera unos costes, que en estos dos últimos casos serán mayores, puesto que la seguridad del intercambio y las garantías de solvencia tienen un valor proporcional a la cantidad que se espera recibir, y que en cualquier caso es de las menores en comparación con el resto de formas de pago aplicadas al comercio internacional.
Otra característica de los cheques es que siempre que no se trate de un cheque nominal (a nombre del beneficiario, única persona que puede cobrarlo en este caso), se pueden transmitir a través del endoso. El endosante al endosar el cheque al endosatario hace uso de su capacidad para transferirlo a otra persona para que sea ésta quien lo cobre.
Para el endoso se puede indicar la cláusula "a la orden" para que se haga efectivo el pago a una determinada persona, o "no a la orden" para evitar que pueda ser endosado. Si no se indica nada, se entiende que el cheque puede ser entregado a otro beneficiario.
Ahora: ¿sabías que puedes usar un cheque para retirar dinero de tu propia cuenta? ¿Sabías que puedes dibujar dos líneas paralelas en el cheque (cheque cruzado o barrado) para indicar que el cheque no puede ser cobrado directamente sino que debe ser ingresado en una cuenta bancaria?
¿Ya lo sabes todo acerca del pago mediante efectivo?
Si quieres saber más acerca de otros medios como la orden de pago continúa leyendo.
Si bien todos tienen algunas características comunes, el manual de Comercio Internacional del profesor D. José Luis Jerez Riesco se dedica únicamente a los dos últimos que hemos citado, quizá los más habituales de todos ellos.
Decir que el cheque es un documento de pago a la vista significa que se puede cobrar una vez emitido y recibido, o sea: sin atender a la fecha de vencimiento. La fecha de vencimiento es la que se hace constar en el cheque de forma orientativa para indicar cuándo debería pasar a cobrarlo el beneficiario, pero no implica en ningún caso obligación por parte del acreedor (quien va a cobrar el cheque) de esperar a dicha fecha: una vez entregado puede cobrarlo.
Los cheques expiran a los 6 meses de su emisión, si bien según la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque, que es a la que se somete este medio de pago, se reconoce que es posible anularlos, y determina los siguientes periodos de presentación del cheque en la oficina bancaria para poder cobrarlo:
- 15 días hábiles si se emitió en España
- 20 días hábiles si se emitió en Europa
- 60 días hábiles si se emitió fuera de Europa.
Al igual que ocurre con el medio de pago mediante efectivo el pago con cheque puede significar para el vendedor (exportador) adelantar o no su obligación en la operación de compra/venta, dependiendo de si el deudor (importador) emite el cheque antes o después de la entrega de la mercancía, o simultáneamente.
Por tanto, usando el cheque como medio de pago no solo existe el riesgo de que el deudor no disponga de fondos en su cuenta (en muchos países no se aceptan los cheques personales), sino que también está la cuestión del cambio de divisas, la pérdida del documento o su manipulación, y el tiempo de gestión, que dependerá de los países implicados en la operación.
El cheque bancario está emitido por una entidad bancaria, y el librador y librado son la misma persona: el banco, ante quien el ordenante extiende el documento a favor del beneficiario.
Junto al cheque bancario, el cheque conformado es el que más garantías ofrece, porque mientras en el primero el banco librador (y librado) extiende el documento con cargo a una cuenta de la propia entidad, en el segundo caso, el banco retiene la cantidad en la cuenta del ordenante hasta que el beneficiario hace efectivo el cobro.
La emisión y el cobro de un cheque genera unos costes, que en estos dos últimos casos serán mayores, puesto que la seguridad del intercambio y las garantías de solvencia tienen un valor proporcional a la cantidad que se espera recibir, y que en cualquier caso es de las menores en comparación con el resto de formas de pago aplicadas al comercio internacional.
Otra característica de los cheques es que siempre que no se trate de un cheque nominal (a nombre del beneficiario, única persona que puede cobrarlo en este caso), se pueden transmitir a través del endoso. El endosante al endosar el cheque al endosatario hace uso de su capacidad para transferirlo a otra persona para que sea ésta quien lo cobre.
Para el endoso se puede indicar la cláusula "a la orden" para que se haga efectivo el pago a una determinada persona, o "no a la orden" para evitar que pueda ser endosado. Si no se indica nada, se entiende que el cheque puede ser entregado a otro beneficiario.
Ahora: ¿sabías que puedes usar un cheque para retirar dinero de tu propia cuenta? ¿Sabías que puedes dibujar dos líneas paralelas en el cheque (cheque cruzado o barrado) para indicar que el cheque no puede ser cobrado directamente sino que debe ser ingresado en una cuenta bancaria?
¿Ya lo sabes todo acerca del pago mediante efectivo?
Si quieres saber más acerca de otros medios como la orden de pago continúa leyendo.
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